Tributos: ¿Recaudar o contribuir?


He detectado cierto prejuicio hacia los tributos (mal llamados impuestos) y creo que, sin estar a favor de subirlos ni nada que se le parezca, se merecen una oportunidad para explicarse.

Evidentemente, para hablar con propiedad y entrar en detalles, necesitaría un enriquecedor debate con distintos expertos e inexpertos para tapar los posibles huecos. Precisamente por eso, este post será claro y abreviado y va dedicado a aquellas personas que creen que «esto de los impuestos» lo ha inventado el Estado para «llevarse los dineros».

Dicho así, hasta se le podría dar la razón a dicha persona, pero la pregunta es ¿Para qué se los lleva? Por que si es para invertir en infraestructura no hay problema. Pero si es para que alguien tenga un chalet en primera línea de playa, la perspectiva cambia.

Lo primero que debemos saber es lo que dice la Constitución Española (art. 31.1) y la Ley General Tributaria (art. 3.1) sobre este tema y de qué manera:

» Todos(2) contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica(1) mediante un sistema tributario justo(3) inspirado en los principios de igualdad(4) y progresividad(5) que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio(6)»

Cada expresión subrayada en la anterior frase tendrá su explicación a continuación coincidiendo con el número adjunto.

  1. Lo pagarán sólo aquellos que puedan hacerlo. Por tanto, no se intenta empobrecer al que no tiene como sustentarse, además, se diferencian dos índices para conocer la capacidad económica: los directos, como la obtención de renta o la titularidad de patrimonio; y los indirectos, que se fijan en el consumo, la renta gastada y el tráfico de bienes.
  2. Va ligado a la capacidad económica. No todo el mundo debe pagar tributos, sólo aquellos que tienen capacidad económica para hacerlo. Lo que se pretende es que no haya exenciones o bonificaciones. Sin embargo, el legislador puede ofrecer legalmente beneficios tributarios para casos especiales.
  3. Es un parámetro objetivo para evitar que los poderes públicos sean aleatorios en el momento de decidir quién debe contribuir, es decir, prohibir que se obligue a pagar a unos sí y otros no sin razón alguna. Además, todo debe ser aprobado por ley mediante los políticos elegidos legítimamente, por tanto, los ciudadanos deberán estar conformes.
  4. La igualdad no quiere decir que sea lo mismo para todos, eso lo dice el nº 2 y 3, sino que añade el deber de soportar el mismo esfuerzo. El que gane 150€ deberá pagar más que el que gane 100€, no pueden contribuir los dos con 10 €, porque el segundo haría un esfuerzo mayor y no habría igualdad.
  5. Es la manera de garantizar la igualdad. Así, se estipula que quien mayor renta disponga, más contribuye. Un tipo de gravamen proporcional sería que todos contribuyesen un 10%, pero ya hemos dicho que este método rompería el principio de igualdad  Un tipo de gravamen progresivo sería que los que tienen poca renta contribuyan con un 5%, los de renta media un 15% y los de renta alta un 40%.
  6. Por último, y muy importante, es poner un límite superior extremo. Es decir, el tipo de gravamen no llegará a niveles que te obliguen a desprenderte de un bien a causa de la contribución tributaria. Está por encima el derecho a la propiedad (art. 33 de la Constitución Española).

Bien, ahora que ya sabemos algo más de los tributos y siguiendo con la pregunta formulada al principio, vamos a ver para qué se usan. ¿Son para pagarle coches de lujo y chalet a oportunistas? Pues no, no es esa su finalidad, lo que no quiere decir que haya quien lo haga. Pero para eso se creó la palabra «corrupción». No nos despistemos, el único fin de los tributos es poder hacer frente a los gastos de los servicios que todos disfrutamos. En este último «todos», sí van incluidos algunos que no pagan, ya sea porque no tiene capacidad económica o porque han decidido ir por el camino ilegal y además poco ético.

Para cubrir esos gastos, se crearon tres tributos que ofrecieran ingresos a cambio de un supuesto hecho al que la ley vincula el deber de contribuir. Estos ingresos deben ser obligatorios y para financiar los gastos públicos. Son los siguiente:

  • Tasas

Habrá que pagar la cuantía estimada por utilizar un dominio público como privado o por realizar actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de manera particular siempre que se produzcan cualquiera de las siguientes circunstancias: que no sean voluntarias (Ej: Sacarse el DNI) o no se presten por el sector privado (Ej: Sadeco) Los ejemplos más claros de tasas son aparcar en zona azul, montar una terraza para un bar o solicitar un vado para tu cochera. ¿Es recaudatorio? No. ¿Ofrece un servicio positivo para el ciudadano? Sí.

  • Contribuciones especiales

Las tasas benefician a usuarios directos, sin embargo, las contribuciones especiales benefician a una colectividad y, por tanto, no se puede saber qué parte le corresponde a cada ciudadano. Entonces, en este caso, habrá que pagar siempre que disfrutemos de un beneficio o incremento de valor de nuestros bienes como consecuencia de obras públicas o por el establecimiento/ampliación de servicios públicos. Estos servicios pueden ser el alumbrado de nuestros barrios y el alcantarillado. ¿Es recaudatorio? No. ¿Ofrece un servicio positivo para el ciudadano? Sí.

  • Impuestos

Debemos aclarar que el impuesto es un tipo de tributo. De aquí viene la matización que dijimos al principio del post, ya que no todos los tributos son impuestos. Y es que éstos se diferencian de los otros dos en una característica muy importante: el deber de pagarlo (hecho imponible) no tiene ninguna relación con la prestación de servicios públicos, sino por negocios, actos o hechos que dejan ver la capacidad económica del contribuyente. Hablando claro, siempre que compres, vendas o recibas una renta, debes contribuir con la sociedad para financiar los servicios públicos que todos disfrutamos pero son indivisibles, como la remodelación del Paseo de la Ribera, la colocación de aparcamientos para bicicletas, el montaje de la portada de la feria o la creación de un video promocional de Córdoba. Hay personas que pueden llegar a pagar ocho impuestos diferentes al año (mucha actividad económica) y otras que sólo paguen tres (poca actividad económica). Una utilidad de estos tributos, es detectar el fraude y poder sancionar a los infractores. ¿Es recaudatorio? No. ¿Ofrece un servicio positivo para el ciudadano? Sí.

Ahora podríamos hablar sobre el uso ético que le damos los ciudadanos a estos instrumentos. Unos se ponen exigentes durante un periodo de tiempo para conseguir más dinero y otros intentan «escaquearse» de pagar. ¿Y las multas de tráfico? No son un tributo, en primer lugar porque no son obligatorias de pagar, se pueden recurrir en caso de no estar de acuerdo, y en segundo lugar, son sanciones por incumplir una infracción. No tienen carácter recaudatorio, puesto que depende de nosotros mismos. Si no cometiésemos infracciones no ganarían nada, es más, no creo que existiera siquiera. Tampoco ofrecen un servicio positivo para el ciudadano en este caso, aunque si lo previene de posibles problemas, además del teórico escarmiento.

Animamos desde aquí a pagar los tributos, así ganaremos todos y podremos crecer como ciudad, emprendiendo e invirtiendo en aquello que ahora queremos hacer (Palacio de Congresos, puestos de trabajo públicos, carril bici, luces en navidad por todas las calles, el Centro Contemporáneo, calzadas bien asfaltadas, etc.) pero no podemos, en parte, por la economía sumergida, evasión de impuestos o fuga de fortunas.

Podríamos profundizar más, pero en función de vuestras dudas y comentarios, iremos avanzando, puesto que en el tintero todavía hay detalles interesantes. Por supuesto, y como siempre, aceptamos correcciones y/o sugerencias, lo importante es que aprendamos escritor y lectores.

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Aprendiendo

Publicado el 26 abril, 2013 en Economía y etiquetado en , , , , , , , , . Guarda el enlace permanente. 4 comentarios.

  1. Buen artículo. El problema viene cuando la teoría se deslegitima con la corrupción. Esta mañana me he desayunado una frase, desafortunada a mi juicio, de nuestro insigne Julio Anguita haciendo un llamamiento a la desobediencia civil diciendo “si no se paga, no pasa nada”. Él se refiere a los bancos y sus abusos, que los hay, pero cualquiera puede derivarla al resto de obligaciones civiles y particulares haciendo de esta sociedad un caos. Así nos va.

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  2. Muchas gracias. Esos comentarios de respetables minorías, son un ejemplo de cómo hacer creer a la población lo que no es. Intentando buscar enfrentamientos entre unos y otros estando todos en el mismo barco. Para evitarlo, ponemos nuestro granito de arena con este post.

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  3. Jesús Redondo

    Gran artículo. Los ciudadanos debemos saber que para salir adelante hay que ayudar y colaborar. Esta información sería de gran utilidad para aquellos que piensan que les roban, y no es así.
    Sigue así.

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